¿Defender la soberanía o entregarla? Colombia ante la salida de la Corte Penal Internacional

agosto 21, 2026

Por: Vanessa Ramírez, Corporación Justicia y Democracia

A través de medios de comunicación se conoció que el gobierno de Abelardo de la Espriella estaría buscando retirar a Colombia de la Corte Penal Internacional (CPI) y denunciar el Estatuto de Roma. Aunque hasta el momento no existe confirmación oficial de la Presidencia ni de la Cancillería, existe una gran coincidencia con hechos internacionales recientes que obligan a preguntarse si se trata, en realidad, de una decisión soberana o de un mandato de Washington, quien hace meses está intentando presionar al tribunal.

La CPI es un tribunal internacional permanente encargado de investigar y juzgar a personas responsables de los crímenes más graves de trascendencia internacional: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión. Se creó para combatir la impunidad y su competencia se centra en la responsabilidad penal individual por estos crímenes, cometidos bajo las condiciones establecidas en el Estatuto de Roma.

Su funcionamiento lo establece el Estatuto de Roma de 1998, que es el tratado internacional que la funda. Se basa en el principio de complementariedad, es decir, que no sustituye la jurisdicción interna de ningún Estado, sino que interviene cuando estos no están dispuestos o no son capaces de llevar a cabo genuinamente una investigación o un enjuiciamiento, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Estatuto. En conjunto, son un instrumento de cooperación internacional contra la impunidad y un mecanismo de protección para las víctimas de los crímenes más graves contemplados por el derecho internacional.

Colombia decidió soberanamente ratificar el Estatuto de Roma a través de los procedimientos constitucionales correspondientes y aceptó que, bajo el principio de complementariedad y las condiciones de admisibilidad previstas en el Estatuto, la CPI pudiera ejercer su jurisdicción. La propia Corte Constitucional explicó que la CPI no sustituye la justicia colombiana, pues el derecho interno continúa siendo aplicado por los jueces nacionales y la Corte internacional opera dentro del ámbito específico de competencia establecido en el Estatuto de Roma.

Pertenecer a la CPI no fue una decisión coyuntural de un gobierno, sino una decisión que involucró una reforma constitucional, la aprobación del Congreso y el control de constitucionalidad. El Acto Legislativo 02 de 2001 adicionó el artículo 93 de la Constitución para permitir expresamente que Colombia reconociera la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos del Estatuto de Roma. Posteriormente, la Ley 742 de 2002 aprobó el tratado y la Corte Constitucional examinó su incorporación en la Sentencia C-578 de 2002.

Pero una eventual retirada del organismo en la situación actual no se puede entender como una simple decisión del Ejecutivo. Esto representa un cambio profundo en las relaciones internacionales de Colombia y en la arquitectura institucional que Colombia ha construido durante décadas para proteger a las víctimas y luchar contra la impunidad, además de afectar la credibilidad del Estado en el sistema internacional y sus compromisos en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario. No se trata simplemente de salir de un organismo internacional: es modificar una política de Estado frente al compromiso internacional de luchar por la justicia, la protección de los derechos humanos y contra la impunidad.

Aunque aún no hay un pronunciamiento oficial, pareciera que esta decisión no es una decisión autónoma y soberana. El pasado 12 de agosto, desde Panamá, el secretario de Defensa de Estados Unidos, Pete Hegseth, pidió explícitamente a los países miembros de la Coalición de las Américas contra los Cárteles —19 países, entre ellos Colombia— que abandonaran la CPI, calificando al tribunal como “un peligro para la soberanía de los Estados”, y ese mismo día anunció que Colombia se sumaría a la Coalición de las Américas contra los Cárteles y permitiría operaciones conjuntas en el territorio colombiano.

Por eso, si la denuncia al Estatuto de Roma resulta cierta, no sería más que una decisión política que obedece a un ejercicio de injerencia de una potencia extranjera. Es el Gobierno de Estados Unidos, bajo la administración de Donald Trump, quien mantiene una campaña oficial de presión contra el tribunal internacional, al que califica como una amenaza para la soberanía de Estados Unidos y sus aliados. Esta presión se ha intensificado en el contexto de las actuaciones de la CPI relacionadas con la situación en Palestina y de las órdenes de arresto emitidas contra funcionarios israelíes por presuntos crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Y a pesar de que Pete Hegseth les solicitó a los países miembros de la coalición retirarse del organismo, Chile, bajo la administración de José Antonio Kast, aliado ideológico y cercano de Washington, reafirmó públicamente, a través de su canciller, su permanencia en la CPI pese a la misma presión estadounidense, demostrando que el retiro no es más que una opción que algunos gobiernos han optado por resistir y que Colombia, en cambio, parecería dispuesta a acatar sin resistencia.

Además, resulta curioso que pretendan justificar la salida del organismo bajo el argumento de “defender la soberanía”, pues es contradictorio que en la misma rueda de prensa en que se anuncia la cooperación militar con Estados Unidos se hable de soberanía. Fue el mismo secretario Hegseth quien confirmó que el gobierno de De la Espriella aceptó la colaboración de fuerzas estadounidenses para realizar operaciones militares conjuntas en territorio colombiano. Esto ni siquiera lo anunció el gobierno y tampoco existió, hasta ahora, un debate público en el Congreso ni se ha conocido un dictamen previo del Consejo de Estado sobre la presencia o tránsito de tropas extranjeras, en los casos en que la Constitución exige dicho procedimiento.

El anuncio de Hegseth implica la posibilidad de operaciones militares conjuntas con participación estadounidense dentro de las fronteras colombianas, una intervención directa en asuntos de seguridad interna que plantea interrogantes sobre las condiciones constitucionales y jurídicas bajo las cuales pueden ingresar, transitar u operar fuerzas militares extranjeras en territorio colombiano. Por eso, un gobierno que permite la participación de fuerzas extranjeras en operaciones dentro de sus fronteras no debería invocar la autodeterminación y la soberanía para salir de un tribunal internacional, cuya función es complementar la justicia y evitar la impunidad. Parece que el gobierno nacional concede selectivamente la soberanía disfrazándola de firmeza por la patria.

Por eso es aún más alarmante la decisión de retirarse de la CPI y denunciar el Estatuto de Roma. Pues esto, además de ser una posible expresión de la presión de Estados Unidos, parece ser una evasión para no responder al sistema internacional sobre el uso futuro de la fuerza y eventuales violaciones a los derechos humanos.

Referencias  

Acento. (2026, 13 de agosto). Chile se ratifica como miembro de la CPI pese a presión de Trump a países para abandonarla. https://acento.com.do/internacional/chile-se-ratifica-como-miembro-de-la-cpi-pese-a-presion-de-trump-a-paises-para-abandonarla  

Amnistía Internacional. (2025, 30 de marzo). Trump y las sanciones contra la Corte Penal Internacional. https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/blog/historia/articulo/trump-y-las-sanciones-contra-la-corte-penal-internacional-un-ataque-al-sistema-de-justicia-internacional  

Caracol Radio. (2026, 18 de agosto). Colombia saldría de la Corte Penal Internacional y abandonaría el Estatuto de Roma. https://caracol.com.co/2026/08/18/colombia-saldria-de-la-corte-penal-internacional-y-abandonaria-el-estatuto-de-roma/  

Congreso de la República de Colombia. (1991). Constitución Política de Colombia (Arts. 173, 189, 237). Justia Colombia. https://colombia.justia.com/nacionales/constitucion-politica-de-colombia/titulo-vi/capitulo-4/  

Corte Constitucional de Colombia. (2004). Sentencia C-863 de 2004. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/c-863-04.htm  

DW (Deutsche Welle). (2026). Colombia autoriza operaciones militares con Estados Unidos. https://www.dw.com/es/colombia-autoriza-operaciones-militares-con-estados-unidos/a-78344299 

France24. (2026). EEUU y Colombia realizarán acciones militares conjuntas en la lucha antinarcóticos. https://www.france24.com/es/minuto-a-minuto/20260813-eeuu-y-colombia-realizar%C3%A1n-acciones-militares-conjuntas-en-la-lucha-antinarc%C3%B3ticos 

France24. (2025, 6 de junio). Trump redobla la presión sobre la CPI con más sanciones. https://www.france24.com/es/ee-uu-y-canad%C3%A1/20250606-trump-redobla-la-presi%C3%B3n-sobre-la-cpi-con-m%C3%A1s-sanciones-y-la  

Las2orillas. (2026). Entre lo permitido y lo prohibido: la Constitución y el tránsito de tropas extranjeras por Colombia. https://www.las2orillas.co/entre-lo-permitido-y-lo-prohibido-la-constitucion-y-el-transito-de-tropas-extranjeras-por-colombia/  


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