El asesinato de Dilan Cruz marcó un antes y un después en el debate sobre el uso de la fuerza por parte del Estado colombiano. Seis años después, la justicia administrativa concluyó que lo ocurrido no fue un hecho aislado ni un simple error operativo: el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró responsable a la Policía Nacional y calificó lo sucedido como una grave violación de los derechos humanos.
La decisión no solo ordenó la reparación integral a su familia, sino que deja muchas dudas, entre ellas: ¿Es posible reparar económicamente una vida que fue arrebatada por la actuación de un agente estatal?
El caso también adquiere una dimensión política en el contexto electoral. El presidente electo, Abelardo de la Espriella asumió la defensa del entonces capitán Manuel Cubillos, oficial que disparó el proyectil que impactó a Dilan Cruz durante las manifestaciones del 23 de noviembre de 2019. Defender judicialmente a una persona constituye una función legítima de la profesión jurídica y una garantía del debido proceso, sin embargo, cuando quien ejerció esa defensa propone ahora un modelo de gobierno basado en el endurecimiento de la política de seguridad, el fortalecimiento del uso de la fuerza y mayores facultades para las autoridades, resulta legítimo preguntarse qué visión del Estado y de los derechos humanos sustenta esa propuesta.
La sentencia del Tribunal no fijó únicamente una reparación patrimonial; también reconoció que la actuación estatal vulneró derechos fundamentales y que existieron fallas institucionales que hicieron posible el asesinato de un joven que ejercía su derecho a la protesta. Ese reconocimiento trasciende el caso individual: constituye un mensaje sobre los límites constitucionales del uso de la fuerza en una democracia.
En Colombia, las reparaciones económicas buscan compensar el daño causado a las víctimas y a sus familias mediante criterios jurídicos como el daño moral, el lucro cesante y otros perjuicios reconocidos por la jurisprudencia, no obstante, ninguna indemnización puede restituir una vida, reconstruir un proyecto truncado o devolver los años que una persona habría vivido junto a su familia.
El caso Dilan Cruz no es el único, las condenas e indemnizaciones por ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, homicidios cometidos por agentes estatales y otros graves hechos de violencia institucional muestran que la justicia colombiana ha reconocido responsabilidades en múltiples ocasiones, sin embargo, las cifras de las reparaciones varían considerablemente y evidencian que no existe una equivalencia posible entre una indemnización y el valor de una vida humana.
¿Cuánto está dispuesto el Estado a hacer para que estas tragedias no vuelvan a repetirse?
El asesinato de Dilan y la decisión que lo calificó como una grave violación de derechos humanos deberían ocupar un lugar central en el debate público sobre la seguridad, no porque el país deba renunciar a garantizar el orden, sino porque una democracia se mide precisamente por la capacidad de sus instituciones para ejercer la fuerza dentro de los límites de la Constitución, ignorar esa lección implica correr el riesgo de repetir los errores que la justicia ya reconoció como una vulneración grave de los derechos fundamentales.
